Los impuestos verdes y su relación con el derecho fundamental a un medio ambiente saludable
DOI:
https://doi.org/10.53673/th.v2i3.114Palabras clave:
Impuestos verdes, derecho fundamental a un medio ambiente saludableResumen
A partir del derrame de petróleo producido el 15 de enero de 2022 en el mar de Ventanilla por parte de la empresa REPSOL, nos formulamos la siguiente pregunta ¿Existe la necesidad de gravar con un impuesto la contaminación ambiental producida por las empresas en el desarrollo de sus actividades?, la respuesta definitivamente es que resulta un imperativo categórico gravar a loa agentes contaminantes con un impuesto que pueda resarcir el daño causado al ecosistema y al derecho fundamental a un medio ambiente saludable de las personas que viven en zonas aledañas al lugar donde se produjo el derrame de petróleo.
En el presente trabajo se realizará un análisis de la legislación comparada de Ecuador y Costa Rica, países donde se viene aplicando de manera exitosa el mecanismo de los impuestos verdes; se realizará una evaluación de los ingresos recaudados por el impuesto, cuyo propósito es financiar actividades de mitigación, lo que se traduce en la conservación del medio ambiente.
Asimismo, se evaluará el beneficio tributario de devolución del impuesto pagado para incentivar actividades como el reciclaje, lo que abre las puertas para una economía circular; adicionalmente, el involucramiento de la comunidad en los planes de conservación del ambiente, como parte de la ejecución del monto recaudado, contribuye a la eficacia del respectivo tributo.
A mayor abundamiento, los impuestos ambientales permiten internalizar, al menos parcialmente, el costo ambiental dentro del precio de los bienes, pues no es posible establecer si el monto pagado compensa el deterioro ambiental, el daño a la vida silvestre en nombre del desarrollo económico de las naciones y la afectación al derecho fundamental de gozar de un medio ambiente saludable, el mismo que se constituye como un derecho humano de tercera generación.
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